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RECONOCE LIBRE DE FIEBRE AFTOSA CON VACUNACIÓN, LOS ESTADOS DE RONDÔNIA, MATO GROSSO, GOIÁS, MINAS GERAIS, ESPÍRITO SANTO, SÃO PAULO, PARANÁ Y RÍO GRANDE DO SUL, DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

MINISTERIO DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO; DIRECCIÓN NACIONAL
Resolución  2197 EXENTA
Única
23/04/2009

23/04/2009
20/04/2009
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RECONOCE LIBRE DE FIEBRE AFTOSA CON VACUNACIÓN, LOS ESTADOS DE RONDÔNIA, MATO GROSSO, GOIÁS, MINAS GERAIS, ESPÍRITO SANTO, SÃO PAULO, PARANÁ Y RÍO GRANDE DO SUL, DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

     Núm. 2.197 exenta.- Santiago, 20 de abril de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; DFL RRA. N° 16 de 1963, de Sanidad y Protección Animal; decreto N° 16 de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos Anexos, entre ellos el de aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias; resolución del Servicio Agrícola y Ganadero N° 1150 de 2000, y las recomendaciones del capítulo 1.3.5 sobre Zonificación y Compartimentación del Código de los Animales Terrestres de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE).

     Considerando:

     1. Que, es función del Servicio Agrícola y Ganadero, adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción de enfermedades que puedan afectar la Salud Animal.

     2. Que la evaluación, tanto de los antecedentes aportados por el Ministerio de Agricultura, Pecuaria y Abastecimiento (MAPA) de Brasil, como de la situación sanitaria de la zona, realizada por la División de Protección Pecuaria de este Servicio, confirma lo antes referido.

     3. Que los resultados de la visita realizada en terreno por el Servicio Agrícola y Ganadero, ratifican lo expuesto por la Autoridad Sanitaria de Brasil.

     Resuelvo:
 
     1. Reconócese, para los efectos de intercambios comerciales a los Estados de Rondônia, Mato Grosso, Goiás, Minas Gerais, Espírito Santo, São Paulo, Paraná y Río Grande do Sul, de la República Federativa de Brasil como "Zona libre de Fiebre Aftosa con vacunación."

     2. Derógase la resolución Nº 5.573, del 14 de octubre de 2005.
        
      
     Anótese, transcríbase y publíquese.- Víctor Venegas Venegas, Director Nacional Servicio Agrícola y Ganadero.
 


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