MODIFICA RESOLUCIÓN N° 2.858, DE 2008, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS PARA LA INTERNACIÓN DE SEMILLAS DE ESPECIE DE CULTIVO INDUSTRIAL DE LOS ORÍGENES QUE INDICA
Núm. 4.885 exenta.- Santiago, 28 de agosto de 2009.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley N° 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; el decreto del Ministerio de Agricultura N° 156, de 1998, que habilita puertos para la importación de vegetales, animales, productos y subproductos e insumos agrícolas y pecuarios al territorio nacional; las resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero N°s 3.801, de 1998, 3.080, de 2003, 3.139, de 2003, 3.815, de 2003, 133, de 2005, 2.858, de 2008, y sus modificaciones.
Considerando:
1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados, a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.
2. Que se ha desarrollado el Análisis de Riesgo de Plagas para Plagas Cuarentenarias de semillas de Jatropha curcas, procedentes de Paraguay, lo que ha permitido establecer los requisitos fitosanitarios de importación.
Resuelvo:
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Modifícase la resolución N° 2.858, de 2008, del Servicio Agrícola y Ganadero, que establece requisitos fitosanitarios para la internación de semillas de especies de cultivo industrial de los orígenes que indica, en lo siguiente:
Agréguese en el número 1 de la parte resolutiva, el siguiente origen para la especie Jatrofa (Jatropha curcas), y cuyos requisitos de importación son los siguientes:
Especie Origen Requisito Fitosanitario
Jatrofa Paraguay Sin declaraciones adicionales
(Jatropha curcas)
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