MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 1.558, DE 2007, QUE DISPONE MEDIDA SANITARIA DE PREVENCIÓN PARA AERONAVES
Núm. 716 exenta.- Santiago, 4 de febrero de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; la Ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; los decretos Nº 156 de 1998 y Nº 92 de 1999 del Ministerio de Agricultura; resolución exenta Nº 1.558, de 2007, del Servicio Agrícola y Ganadero.
Considerando:
1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de proteger el patrimonio fitosanitario de país.
2. Que es función del Servicio Agrícola y Ganadero establecer medidas sanitarias para la prevención de ingreso al país de plagas de los vegetales y de enfermedades transmisibles de los animales.
3. Que la resolución Nº 1.558, de 2007, dispone medida sanitaria de prevención para aeronaves y aprueba el "Procedimiento de desinsectación de aeronaves provenientes del extranjero".
4. Que se ha evidenciado que existe un número de aeronaves que por razones de carácter logístico en la operación aérea arriban al territorio nacional sin el tratamiento periódico de desinsectación.
5. Que se hace necesario establecer un protocolo de trabajo para adoptar de manera eficaz la medida de mitigación de desinsectación de pre-desembarque de áreas de carga en aeronaves de pasajeros.
Resuelvo:
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Modifíquese la resolución Nº1.558, de 2007, que dispone medida sanitaria de prevención para aeronaves en lo siguiente:
a. Reemplázase el numeral 2 por el siguiente:
"2. Apruébese nuevo Procedimiento de desinsectación
de aeronaves provenientes del extranjero,
identificado con las siglas P-PA-DA-003-
versión 2.".
b. Agrégase en el numeral 3 a continuación del punto aparte, pasando éste a
ser punto seguido, lo siguiente:
"Además, deberán disponer de una Contraparte Técnica
que será responsable ante el SAG en las diferentes
etapas que comprende el proceso.".
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