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DEROGA RESOLUCIONES Nos 1.309 DE 2002 Y 1.364 DE 2013, RELATIVAS A INFLUENZA AVIAR PATÓGENA EN REPÚBLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

MINISTERIO DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO; DIRECCIÓN NACIONAL
Resolución  2599 EXENTA
Única
20/05/2013

20/05/2013
09/05/2013
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DEROGA RESOLUCIONES Nos 1.309 DE 2002 Y 1.364 DE 2013, RELATIVAS A INFLUENZA AVIAR PATÓGENA EN REPÚBLICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS

     Núm. 2.599 exenta.- Santiago, 9 de mayo de 2013.- Vistos: La Ley Nº 18.755 que establece la Organización y Atribuciones del Servicio Agrícola y Ganadero; Ley 18.164, que introduce Modificaciones a la Legislación Aduanera; DFL RRA Nº 16, de 1963, sobre sanidad y protección animal; el decreto Nº 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio, y los Acuerdos Anexos; las recomendaciones del Código Zoosanitario Internacional de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) de la cual Chile es Estado miembro mediante adhesión del 5 de abril de 1962, y las resoluciones Nos 1.150 de 2000 y 1.309 de 2002, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero.

     Considerando:

     1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero es el organismo público garante de la sanidad animal.

     2. Que, Chile es Estado Miembro de la Organización Mundial de Sanidad Animal, organismo internacional que ha establecido el Código Zoosanitario Internacional.

     3. El Acuerdo sobre aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

     4. Que, es función del Servicio Agrícola y Ganadero adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al país de agentes infecto contagiosos causantes de enfermedades que afectan a los animales, determinando las acciones de prevención pertinentes que se requieren con este objeto.

     5. Que, por resolución Nº 1.309 de 2002, se reconoció a los Estados Unidos Mexicanos como libres de Influenza Aviar altamente patógena.

     6. Que, en junio de 2012, la República de los Estados Unidos Mexicanos notificó a la OIE, casos de Influenza Aviar altamente patógena en su territorio controlando los focos hasta el 12 de diciembre de 2012.

     7. Que, con fecha 18 de febrero de 2013, México nuevamente notificó a la OIE, la aparición de nuevos casos sin lograr el control de la enfermedad a la fecha.

     Resuelvo:
 
     1. Deróganse la resolución Nº 1.309 de 2002, que reconoce libre de Influenza Aviar altamente patógena a la República de México y la resolución Nº 1.364 de 2013, ambas del Servicio Agrícola y Ganadero.
        
      
     Anótese, comuníquese y publíquese.- Aníbal Ariztía Reyes, Director Nacional.
 


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