MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 4.887, DE 2005, QUE CREA PROGRAMA DE BIOSEGURIDAD PARA RECINTOS FERIALES
Núm. 5.222 exenta.- Santiago, 30 de agosto de 2013.-Vistos: La Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; DFL RRA Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, que establece normas sobre Sanidad y Protección Animal; ley Nº 19.162, que establece Sistema Obligatorio de Clasificación de Ganado, Tipificación y Nomenclatura de sus Carnes y regula funcionamiento de Mataderos, Frigoríficos y Establecimientos de la Industria de la Carne; decretos del Ministerio de Agricultura Nº 56, de 1983, Reglamento de Ferias, y Nº 240, de 1993, Reglamento General de Transporte de Ganado y Carne Bovina, y resolución Nº 4.887, de 2005, de la Dirección Nacional del Servicio.
Considerando:
1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de velar por el patrimonio zoosanitario del país.
2. Que al Servicio le corresponde establecer las especificaciones técnicas y requisitos para el funcionamiento de Recintos Feriales a lo largo de todo el país, en cuanto a resguardar la situación sanitaria del ganado y evitar la transmisión de enfermedades infectocontagiosas.
3. Que el Programa Oficial de Trazabilidad desarrollado por el Servicio, considera los elementos requeridos para realizar la trazabilidad de los animales que se comercializan en los Recintos Feriales.
Resuelvo:
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1. Modifícase la resolución Nº 4.887, de 2005, que crea Programa de Bioseguridad para Recintos Feriales y delega facultades que indica, en lo siguiente:
a. Elimínese la letra b del numeral 1.- "Manual de Procedimientos Nº 2 "Procedimientos de Trazabilidad para Recintos Feriales BIOSIF/MP2", el cual está orientado a dar garantías adicionales para la trazabilidad individual de todo animal".
b. Elimínense el numeral 3 y el numeral 6.
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