MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 5.383, DE 2012, QUE REGULA INGRESO DE FOLLAJES FRESCOS PROCEDENTES DE CUALQUIER ORIGEN
Núm. 6.071 exenta.- Santiago, 7 de octubre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 156, de 1998, que habilita puertos para la importación de vegetales, animales, productos y subproductos e insumos agrícolas y pecuarios, al territorio nacional; las resoluciones Nos 3.080, de 2003; 3.815, de 2003; 133, de 2005; 3.589, de 2012; 5.383, de 2012, y sus modificaciones, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.
Considerando:
1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.
2. Que por resolución Nº 5.383, del 12 de septiembre de 2012, se estableció el procedimiento requerido para regular el ingreso a Chile de follajes frescos procedentes de cualquier origen, y en la cual se contemplaba el requisito de envío por parte de los países exportadores de la lista de especies de interés y sus plagas asociadas, estableciéndose los plazos para dicho envío.
3. Que, conforme al procedimiento señalado, Costa Rica ha presentado toda la información requerida para realizar el Análisis de Riesgo de Plagas (ARP) para las especies de follaje de interés de exportación a Chile, pero, por el número de especies y plagas involucradas, se requerirá de más tiempo para finalizar dicho estudio.
4. Que el resto de los países, que son proveedores tradicionales de follaje, han solicitado extensión de los plazos para cumplir con los requerimientos de información solicitados.
Resuelvo:
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1. Modifícase la resolución Nº 5.383, de 2012, que regula el ingreso de follajes frescos procedentes de cualquier origen en lo siguiente:
2. Reemplácese el numeral 3 por el siguiente:
"3. A partir del 31 de marzo de 2014 podrán ingresar a Chile solamente las especies de follaje procedentes de los orígenes que cuenten con requisitos fitosanitarios establecidos por este Servicio y que hayan cumplido con toda la información solicitada en el numeral 2 de la presente resolución.".
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