MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 633 DE 2003, QUE ESTABLECE REQUISITOS PARA LA IMPORTACIÓN DE MATERIAL VEGETAL COMO CULTIVO DE TEJIDO IN VITRO
Núm. 6.700 exenta.- Santiago, 29 de octubre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557 de 1980, sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 156 de 1998 del Ministerio de Agricultura que habilita puertos para la importación de vegetales, animales, productos y subproductos e insumos agrícolas y pecuarios, al territorio nacional; y las resoluciones Nos 633 de 2003, 3.080 de 2003; 3.815 de 2003; 133 de 2005; y sus modificaciones, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.
Considerando:
1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.
2. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero ha recibido solicitud de un usuario interesado en importar al país material vegetal in vitro de Jatropha curcas, tipo de material/especie sin requisitos fitosanitarios para su importación, los cuales requieren que se encuentren preestablecidos por este Servicio, para efectos de verificar su cumplimiento y autorizar el ingreso al país.
3. Que, se ha efectuado el Análisis de Riesgo de Plagas para Plagas Cuarentenarias, para material vegetal in vitro de Jatropha curcas, procedente de todo origen.
Resuelvo:
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1. Modifícase la resolución Nº 633, de 2003, que establece requisitos para la importación de material vegetal como tejido in vitro, en lo siguiente:
1.1 Agrégase en el número 4.3, Cultivos y Hortalizas, después de Ipomoea batatas (camote), la especie Jatropha curcas, quedando de la manera que se señala:
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