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MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.677, DE 1999, QUE ESTABLECE REGULACIONES DE IMPORTACIÓN PARA GRANOS Y OTROS PRODUCTOS, DESTINADOS A CONSUMO E INDUSTRIALIZACIÓN

MINISTERIO DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO; DIRECCIÓN NACIONAL
Resolución  7850 EXENTA
Única
29/01/2014

29/01/2014
11/12/2013
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MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 2.677, DE 1999, QUE ESTABLECE REGULACIONES DE IMPORTACIÓN PARA GRANOS Y OTROS PRODUCTOS, DESTINADOS A CONSUMO E INDUSTRIALIZACIÓN
 
     Núm. 7.850 exenta.- Santiago, 11 de diciembre de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley 3.557 de 1980, del Ministerio de Agricultura sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 156 de 1998 del Ministerio de Agricultura que habilita puertos para la importación de vegetales, animales, productos y subproductos e insumos agrícolas y pecuarios, al territorio nacional; las resoluciones Nºs. 2.677 de 1999; 3.080 de 2003; 3.815 de 2003; 133 de 2005; 3.589 de 2012 y sus modificaciones todas del Servicio Agrícola y Ganadero.
      
     Considerando:
      
     1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero está facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.
     2. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero ha recibido solicitudes de usuarios interesados en importar al país granos para consumo de Schinus terebinthifolius y Trigonella foenum-graecum, especies que a la fecha no contaban con requisitos fitosanitarios establecidos para su importación.
     3. Que, se han realizado los Análisis de Riesgo de Plagas para plagas cuarentenarias de granos de Schinus terebinthifolius y Trigonella foenum-graecum, lo que ha permitido establecer los requisitos fitosanitarios correspondientes.
      
     Resuelvo:
 
      
     1. Modifícase la resolución Nº 2.677 de 1999, del Servicio Agrícola y Ganadero, que establece regulaciones de importación para granos y otros productos destinados a consumo e industrialización, en lo siguiente:
      
     1.1. Agréganse al resuelvo número 3, las especies de granos para consumo, orígenes y requisitos que se listan a continuación, en el orden que alfabéticamente corresponda a cada grano, con su respectivo origen y requisito:
      
Grano               Origen        Requisitos

Schinus             Cualquier     Sin declaraciones
terebinthifolius    origen        adicionales

Trigonella foenum-  Cualquier     Sin declaraciones
graecum             origen        adicionales

     
        
      
     
     Anótese, comuníquese y publíquese.- Aníbal Ariztía Reyes, Director Nacional.
 


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