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MODIFICA RESOLUCIÓN Nº6.315, DE 2013, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA PLANTAS, ESTACAS Y RAMILLAS DE CEREZO (PRUNUS AVIUM), PROCEDENTES DE CANADÁ

MINISTERIO DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO; DIRECCIÓN NACIONAL
Resolución  8700 EXENTA
Única
13/12/2014

13/12/2014
26/11/2014
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MODIFICA RESOLUCIÓN Nº6.315, DE 2013, QUE ESTABLECE REQUISITOS FITOSANITARIOS DE IMPORTACIÓN PARA PLANTAS, ESTACAS Y RAMILLAS DE CEREZO (PRUNUS AVIUM), PROCEDENTES DE CANADÁ
      
     Núm. 8.700 exenta.- Santiago, 26 de noviembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en la ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, sobre Protección Agrícola; el decreto Nº 156, de 1998, del Ministerio de Agricultura, que habilita puertos para la importación de vegetales, animales, productos y subproductos e insumos agrícolas y pecuarios al territorio nacional; las resoluciones Nos 3.080, de 2003, 6.315, de 2013 y 7.897, de 2014, todas del Servicio Agrícola y Ganadero.

     Considerando:

     1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero es la autoridad oficial encargada de proteger y velar por el patrimonio fitosanitario del país.
     2. Que, para cumplir dicho mandato se encuentra facultado para establecer los requisitos fitosanitarios para la importación al país de artículos reglamentados a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas.
     3. Que, como resultado de las acciones desarrolladas a través del programa de Vigilancia Agrícola, el Servicio Agrícola y Ganadero, por resolución Nº 7.897, derogó la resolución Nº 6.412, de 2012, que estableció el control obligatorio para la plaga Monilinia fructicola; eliminándose ésta del listado de plagas cuarentenarias presentes en parte del territorio nacional y sometida a control oficial en nuestro país.
     4. Que, en mérito de lo señalado en el considerando precedente, corresponde actualizar los requisitos fitosanitarios de ingreso de plantas, estacas o ramillas de cerezo (Prunus avium), procedentes de Canadá.

     Resuelvo:
 

     1. Modifícase la resolución Nº 6.315, de 2013, de este Servicio, que establece requisitos fitosanitarios de importación de plantas, estacas y ramillas de cerezo (Prunus avium), procedentes de Canadá, en el sentido de eliminar en su resuelvo número 2.2., primer párrafo de la columna Declaración Adicional, la siguiente frase "y Monilinia fructicola", quedando su texto de la siguiente manera:
     "Las plantas fueron inspeccionadas durante la última temporada de crecimiento y encontradas libres de Colletotrichum acutatum".
        
      

     Anótese, comuníquese y publíquese.- Ángel Sartori Arellano, Director Nacional.
 


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