MODIFICA RESOLUCION Nº 633, DE 2003, QUE ESTABLECE REQUISITOS PARA LA IMPORTACION DE MATERIAL VEGETAL COMO CULTIVO DE TEJIDO IN VITRO
Santiago, 9 de agosto de 2005.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 4.245 exenta.- Vistos: La ley Nº 18.755 Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero de 1989, modificada por la ley Nº 19.283, de 1994; el decreto ley Nº 3.557, de 1980, del Servicio Agrícola y Ganadero, sobre Protección Agrícola; los decretos Nº 156, de 1998, y Nº 92, de 1999, del Ministerio de Agricultura; las resoluciones del Servicio Agrícola y Ganadero Nº 3.815, de 2003; Nº 633, de 2003; Nº 3.486, de 2003; Nº 133, de 2005, y
Considerando:
1. Que constituye responsabilidad del Servicio Agrícola y Ganadero fijar los requisitos fitosanitarios de internación de todo material susceptible de transportar plagas.
2.- Que es necesario actualizar en forma periódica los requisitos de ingreso de los artículos reglamentados,
Resuelvo:
|
|
Modifícase la resolución del Servicio Nº 633, de 3 de marzo de 2003, que establece requisitos para la importación de material vegetal como cultivo de tejido in vitro, en el sentido que se agrega al número 4.3, especies "Frutales", la siguiente especie con las declaraciones adicionales que se señalan:
Especie Fitopatógenos a Certificar
Opuntia ficus - indica Sin declaraciones
Adicionales
|
|