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RECONOCE COMO ZONAS LIBRES DE FIEBRE AFTOSA CON VACUNACIÓN AL ESTADO TOCANTINS Y DE MATO GROSSO DO SUL DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

MINISTERIO DE AGRICULTURA; SUBSECRETARÍA DE AGRICULTURA; SERVICIO AGRÍCOLA Y GANADERO; DIRECCIÓN NACIONAL
Resolución  9089 EXENTA
Única
29/12/2018

29/12/2018
19/12/2018
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RECONOCE COMO ZONAS LIBRES DE FIEBRE AFTOSA CON VACUNACIÓN AL ESTADO TOCANTINS Y DE MATO GROSSO DO SUL DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL Y DEROGA RESOLUCIÓN QUE INDICA

     Núm. 9.089 exenta.- Santiago, 19 de diciembre de 2018.

     Vistos:

     Lo dispuesto en la ley N° 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley N° 18.164, que introduce modificaciones a la legislación aduanera; el DFL RRA. Nº 16, de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre Sanidad y Protección Animal; el decreto N° 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos anexos, entre ellos, el de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; el decreto Nº 112, de 2018, del Ministerio de Agricultura; las resoluciones Nº 3.138, de 1999, Nº 1.150, de 2000, Nº 833, de 2002, y sus modificaciones, y la Nº 5.277, de 2004, todas del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República.

     Considerando:

     1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero es el organismo público garante de la sanidad animal en el país.
     2. Que, en ese contexto, le corresponde adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción de enfermedades que puedan afectar la salud animal.
     3. Que, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE) reconoce como libre de Fiebre Aftosa con vacunación al estado de Mato Grosso do Sul de la República Federativa de Brasil.
     4. Que, la evaluación epidemiológica de los antecedentes y de la situación sanitaria de la República Federativa de Brasil, realizada por funcionarios de la División de Protección Pecuaria de este Servicio, confirma lo antes referido.

     Resuelvo:
 
     1. Reconócese como zonas libres de Fiebre Aftosa con vacunación a los estados Tocantins y de Mato Grosso do Sul de la República Federativa de Brasil.
     2. El presente reconocimiento permanecerá vigente en la medida en que se mantengan las condiciones sanitarias, de prevención y control implementadas por la República Federativa de Brasil y, que a su vez, éstas sean evaluadas conformes por este Servicio.
     3. Derógase la resolución Nº 1.172, de 2010, que reconoce zona libre de Fiebre Aftosa con vacunación al estado de Tocantins y a parte del estado de Mato Grosso do Sul, de la República Federativa de Brasil y deroga resolución que indica.
        
      
     Anótese, transcríbase y publíquese.- Horacio Bórquez Conti, Director Nacional Servicio Agrícola y Ganadero. 
 


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